Carta Barcelona 2001
Reunidos en Barcelona en las I Encuentro por la Defensa del Patrimonio Cultural, del 24 al 26 de Mayo de 2001, representantes de las asociaciones y colectivos: SOS Monuments. Associació per a la Defensa Cívica del Patrimoni Cultural, Barcelona; Plataforma “Salvem el Cabanyal”, Valencia; El Arca de Noé. Asociación para la Defensa del Patrimonio Histórico, Natural y Cultural, Burgos; Reial Societat Arqueològica Tarraconense, Tarragona; Coordinadora “Salvem el Jardí Botànic”, Valencia; Plataforma en Defensa del Turó Park, Barcelona; Plataforma “La Model per a la Cultura”, Barcelona; Coordinadora en Defensa del Patrimoni Històric i Artístic de Breda (Girona); Colectivo RUA (Recuperación Urbana y Ambiental), A Coruña; y ADEPA, Asociación de Defensa del Patrimonio Histórico de Andalucía, Sevilla; así como diversos colectivos y personas, suscriben la siguiente declaración general:
1. El Patrimonio Cultural, derecho individual y colectivo fundamental.
La concepción de Patrimonio ha ido democratizando progresivamente, desde un pensamiento inicial elitista y eurocéntrico de Monumento como hecho singular y aislado a la ampliación y enriquecimiento de su contenido antropológico, con la inclusión de conceptos como Conjuntos histórico-artísticos y Patrimonio Histórico-Artístico (h. 1933). Tras la independencia de los países colonizados y la creación de la UNESCO, se ha elaborado una nueva filosofía del Patrimonio Cultural, más abierta y universal, basada en el concepto de Bien de Interés Cultural (h. 1960). Más tarde con los de Patrimonio Oral e Inmaterial (h.1990), para la defensa de las culturas habladas y no escritas; y, finalmente, con el de Patrimonio Vivo (2000, ver programa “Somos Patrimonio” del Convenio Andrés Bello), en reconocimiento de los propios usuarios y productores directos del Patrimonio Cultural y de los ciudadanos de culturas vivas y/o interesantes y, por tanto, con la incorporación de tal categoría como derecho fundamental de la persona y de la colectividad que lo detecta.
La ascensión de este pensamiento globalizador en defensa del Patrimonio Cultural y de sus usuarios directos, es decir, tanto del continente como del contenido, no ha de entenderse como una categoría abstracta capaz de generar confusión con generalizaciones del tipo “todo es patrimonio”, sino que ha de referirse siempre a bienes concretos reconocibles y a las gentes que los producen y usan.
2. El Patrimonio Cultural, concepción estratégica para toda afirmación de conciencia de identidad colectiva y defensa de su propiedad social y usufructo nacional.
El valor de identidad del Patrimonio Cultural para la afirmación de la conciencia colectiva de un pueblo, en una época de despersonalización pasiva y de comercialización, vulgarización y destrucción indiscriminadas de los valores auténticos locales impuestos por la globalización, otorga a la filosofía del mencionado Patrimonio Cultural, una importancia estratégica fundamental en toda campaña de defensa activa de la personalidad histórica y cultural de todo pueblo.
Resultan muy preocupantes los intentos de privatizar, comercializar libremente y desregularizar el control social del Patrimonio Cultural por parte de los grandes intereses privados y gobiernos neoliberales, como quien privatiza los recursos patrimoniales del petróleo, la tierra, las aguas, la energía eléctrica y la educación mediante reformas legislativas, como las propuestas de una ley general del Patrimonio Cultural presentado en el Senado mexicano en 1999, o la adquisición de los derechos de explotación de todos los fondos artísticos y culturales del Museo Británico por parte de Microsoft. Frente a ello, hay que reivindicar y defender el incremento de la titularidad pública, el acceso colectivo, su uso social y la pertenencia del Patrimonio Cultural a cada pueblo, comarca, región o estado en que estén enclavados, al propio tiempo que unas leyes conservacionistas que regulen su extraterritorialidad a las diversas escalas mencionadas para evitar el expolio de los grandes grupos económicos y de poder.
3. Moralidad y ética de las intervenciones en el Patrimonio Cultural.
La defensa y conservación del Patrimonio Cultural parte de un compromiso moral y ético de carácter altruista en pro del bien común y basado en el conocimiento de los bienes culturales que se pretende defender.
4. La exigencia de participación y control democráticos en la defensa y gestión del Patrimonio Cultural, necesidad básica de toda colectividad.
De la pertenencia colectiva del Patrimonio Cultural, tanto de la sociedad actual como de las generaciones futuras, surge la necesidad de que la participación directa de la sociedad en su defensa y gestión sea más imperiosa.
Se ha demostrado reiteradamente que la actuación de determinadas Administraciones públicas e Instituciones de carácter cultural – como algunas Academias, Universidades, etc.-, contrariamente a lo que cabría esperar, han constituido una alarma social. Los departamentos responsables de la conservación y gestión del Patrimonio Histórico – sean Direcciones Generales, Servicios o Comisiones de Patrimonio -, y en particular en el ámbito del patrimonio arquitectónico y urbano, al contrario de lo que la legislación les ordena, pueden ser considerados como los principales responsables de su indefensión, alteración, falsificación histórica, desfiguración o destrucción. Por todo lo cual se impone la necesidad de participación y control ciudadanos en los procesos de intervención sobre bienes patrimoniales a través de comisiones de técnicos representativos y cualificados conservacionistas, debates públicos y consultas populares.
La información pública continúa a lo largo de todo el proceso de estudio y ejecución de las obras, así como la divulgación de los ejemplos y criterios adoptados en las restauraciones de bienes culturales, es una herramienta fundamental en el seguimiento y control democrático del patrimonio colectivo, que hay que contraponer a la política de los hechos consumados y a la inaccesibilidad y falta de transparencia de la información que practican a menudo las Administraciones públicas para evitar toda crítica y debate sobre las intervenciones realizadas.
5. Internet herramienta fundamental para la organización de la defensa cívica del Patrimonio Cultural.
Gracias a la implantación progresiva de Internet en forma de correos electrónicos, páginas web, foros de debate, etc., se dispone de una herramienta fundamental para la interconexión de las personas y colectividades concienciadas, hasta ahora muy aisladas, lo que ha de permitir la organización coordinada y efectiva de la defensa activa del Patrimonio Cultural.
No obstante, los medios informáticos no pueden sustituir los contactos personales y los encuentros colectivos directos en forma de sesiones de trabajo, intercambio de experiencias, seminarios, excursiones, etc., que, a causa de la gran conciencia social, generosidad e inconformismo de las personas involucradas en la defensa cívica del Patrimonio, son casi siempre ocasiones de creación de relaciones de amistad profunda y mutuamente enriquecedoras, a la par que una realización personal plena debido a la defensa de unos objetivos sociales y a poder participar directamente como protagonistas.
La creación de la Red SOS-Monuments Iberoamericana de Protección del Patrimonio Cultural, se inscribe como una herramienta mas dentro de estas posibilidades, para poder coordinar y vertebrar un campo de trabajo propio.
6. Colaboración de los medios de comunicación en las campañas de defensa del Patrimonio Cultural y creación de unos reconocimientos públicos de aciertos y desaciertos de la conservación del Patrimonio Cultural, como medio directo de sensibilización social.
A causa de la importancia de los medios de comunicación en nuestra sociedad, se les invita a adquirir un grado de compromiso más explícito en la difusión y defensa del Patrimonio Cultural, bien incrementando su participación en forma de campañas, creando páginas o espacios específicos, bien profesionalizando a los comunicadores en los temas del Patrimonio Cultural.
Como medio de reconocimiento o de reprobación social a los autores (técnicos, empresas restauradoras, promotores y propiedad) de los ejemplos de conservaciones bien hechas y/o actuaciones de concienciación y defensa del patrimonio admirables y los de intervenciones falsificadoras, agresivas o destructoras del patrimonio, la experiencia de los nominaciones de “Admiraciones conservadas” y “Admiraciones Destruidas” efectuadas por SOS-Monuments/Catalunya, constituye una referencia extensible a todo el Estado Español.
7. Economías de medios y desarrollo sostenible en las intervenciones del Patrimonio Cultural.
La conservación del Patrimonio Cultural tiene como uno de sus principales enemigos la abundancia de dinero y la codicia que genera. Por ello, ha de evitarse el derroche y preconizarse la prudencia en las actuaciones, encaminadas fundamentalmente a preservarlo con intervenciones mínimas y que sirvan siempre de manera clara a los intereses colectivos.
La gestión del Patrimonio Cultural, en vez de ser una carga, ha de propiciar formas de desarrollo sostenible, para lo cual, es fundamental, por un lado, la conservación de los bienes mediante la aplicación de sistemas de actuación preventiva que ahorre actuaciones elitistas de falso prestigio y reconstrucciones falsificadoras, y, por otro, desarrollar actuaciones que favorezcan el uso social del Patrimonio Cultural y la participación de la propia comunidad en su uso y gestión.
8. Revisión de las leyes de protección del Patrimonio Cultural estatal y autonómicas.
Después de los años transcurridos y de las experiencias no satisfactorias habidas desde la promulgación de la Ley de Patrimonio Histórico Español (1985) y las correspondientes leyes autonómicas que regulan esta materia, se hace necesario efectuar el reordenamiento preciso en las legislaciones estatal y autonómicas dadas sus limitaciones, a la par que desarrollar los reglamentos de aplicación de las leyes, que por ejemplo en Cataluña todavía no ha sido redactado después de tantos años de publicarse la ley del “Patrimoni Cultural Català”.
En diversos aspectos ha habido un retroceso respecto a la Ley del Patrimonio Histórico-Artístico de 1933, tanto en lo que se refiere a los criterios de intervención claramente conservacionistas frente a la elusión y ambigüedad de las leyes actuales, como al contenido social de los bienes patrimoniales con la obligatoriedad del acceso público a los mismos, incluso en el caso de ser privados.
Por ello, se hace preciso:
8.1. Revisión de atribuciones municipales y autonómicas.
Revisar las atribuciones de las Administraciones locales y autonómicas que con cierta frecuencia en las primeras, bien por actuaciones excesivamente personalistas de los ediles, bien por estar demasiado cerca de los intereses económicos locales todopoderosos, bien por falta de luces u otras causas, son agentes directos de la desfiguración, cuando no de la pérdida del Patrimonio Cultural mediante estrategias como la descalificación de Bien de Interés Cultural (BIC), sean de interés local o nacional, cambios de ordenanzas vigentes, aprobaciones de planes parciales encubridores de operaciones especulativas de densificación edificatoria declaraciones de ruinas, y mil otras formas de ingeniería legislativa.
8.2. Redefinir criterios conservacionistas.
Redefinir los criterios conservacionistas de intervención de forma más explícita si cabe que los de la propia ley de 1933, dado el poco efecto que tuvo a causa de la resistencia de los técnicos restauradores a ser controlados.
8.3. Corregir composición Comisiones Patrimonio Cultural.
Corregir la composición de los miembros de las Comisiones del Patrimonio Cultural, para permitir la incorporación de representantes de asociaciones ciudadanas defensoras activas del patrimonio, así como técnicos cualificados de probada trayectoria conservacionista, en detrimento de la mayoritaria representación de técnicos de la propia administración.
8.4. Nuevo reparto de responsabilidades técnicas.
Repartir responsabilidades técnicas en las intervenciones del Patrimonio Cultural, en una eficaz labor en equipo, otorgando en cualquier caso el mismo nivel de reconocimiento a todos los profesionales del patrimonio, tanto a arquitectos como a historiadores, historiadores del arte, geógrafos, arqueólogos, ingenieros, filósofos, filólogos, músicos, etc., dependiendo de la naturaleza del bien patrimonial sobre el que se va a actuar, la tipología e importancia de las mismas.
9. Condiciones de trabajo a exigir.
9.1. Trabajo en equipo.
Desarrollar un verdadero trabajo en equipo interdisciplinar democrático desde el inicio y a lo largo de todas las fases del proceso restaurador, a fin de sumar los máximos saberes en la mejor solución respetuosa de la obra, en sustitución de soluciones de afirmaciones personales inmaduras y abusivas la mayoría de las veces por parte de los arquitectos en particular.
9.2. Estudios rigurosos.
Efectuar análisis rigurosos y contrastados de carácter histórico, estético, estructural, constructivo, técnico, etc., según lo que corresponda a cada temática a intervenir, todo ello conveniente documentado y representado en una cartografía de calidad extrema.
9.3. Confección de documentos técnicos cualificados.
A modo de ejemplo y para los ámbitos de intervención en bienes muebles o inmuebles, hay que elaborar Estudios previos completos mediante análisis de patologías y diagnósticos precisos y contrastados a partir de determinada importancia de las obras a restaurar; confeccionar fichas de inventario y seguimiento detalladas y positivas en los casos de los bienes de carácter mueble y Libro de obra en bienes inmuebles, de todas las fases de intervención; y todo ello con suficiente documentación fotográfica y cartográfica; y finalmente redactar una Memoria justificativa de la restauración una vez terminada, con la argumentación del análisis crítico y de los criterios de conservación aplicados, junto al conjunto de detalles precisos para conocer todo el proceso seguido y con la precisa documentación gráfica señalada.
10. Criterios de intervención.
Dependiendo del grado de protección de bien patrimonial en el que se ha de intervenir y de sus valores históricos y artísticos, los criterios de conservación se ponderarán adecuadamente.
De forma sintética han sido enunciados por la escuela conservacionista italiana y ya fueron formulados en el punto 8 de la Carta de Figueres de fundación de SOS Monuments (1997), que repetimos aquí:
10.1 Mínima intervención.
Mínima intervención estrictamente necesaria.
10.2 Máxima documentación.
Máxima documentación, tanto gráfica y fotográfica como histórica y técnica.
10.3 Reversibilidad real.
Verdadera reversibilidad de las intervenciones.
10.4 Autenticidad.
Compatibilidad de materiales, de técnicas y de la estética de las mismas, con el fin de evitar recreaciones desfiguradoras de la identidad y de la autenticidad del patrimonio.
Más detalladamente, se complementan con:
10.5. Visión de conjunto.
Valoración de la visión de conjunto en las diversas escalas y etapas de intervención, como criterio dominante que se contrapondrá con las visiones de detalle o de parte, cuando sea necesario, en un proceso dialéctico de ida y vuelta sucesivos.
10.6. El respeto a todas las sucesivas etapas experimentadas por la vida del bien patrimonial exige el conocimiento de la personalidad de la obra que se va a proteger, que es a menudo ecléctica y compleja, por su hibridez, mezcolanza o incomplitud. Hoy, gracias al desarrollo alcanzado por los estudios históricos de las diversas épocas y culturas, y de las historias especializadas del arte, de la arquitectura, del urbanismo, de las diversas ingenierías, etc., se puede resolver con eficacia el reconocimiento de los bienes, por muy complejos que estos sean, para actuar con absoluto y escrupuloso respeto.
10.7. Defensa de las pátinas.
La conservación de las pátinas naturales de envejecimiento de las superficies es imprescindible para la valoración de la imagen de una obra, por lo que estas pátinas merecen ser respetadas a pesar de la complejidad del tema en el caso de las pinturas, donde los criterios más exigentes desde la escuela brandiana, hasta las defendidas por James Beck, constituyen un norte claro de cómo proceder.
El tratamiento de las pátinas constituye un largo rosario de falsas justificaciones inadmisibles para una conciencia profesional conservacionista exigente. En ocasiones son fruto de criterios elusivos de responsabilidades teóricas y críticas, mediante consideraciones exclusivamente técnicas y cientificistas simplificadoras de un retorno a un estado inicial desconocido; y en otras ocasiones son el resultado de la defensa de intereses comerciales más o menos encubiertos a base de exigencias funcionales, de economía, de mantenimiento, de seguridad, cuando no directamente políticas, etc. Pero en ningún caso la limpieza de métodos abrasivos o de recubrimiento que destruyen, cuando no, agravan y acortan el periodo de pervivencia de la epidermis de la piedra o materiales de acabado de la fachada, drástica o agresiva está justificada en la conservación y protección de un bien.
10.8. Conservación integral 1
En el caso de edificios catalogados, no solamente hay que conservar la fachada, sino también la tipología del edificio y sus partes significativas, vanos y cubiertas, así como respetar las formas originales del comportamiento mecánico del edificio, utilizando los mismos materiales, elementos de acabado y decoración, pátinas etc.
10.9. Conservación integral 2
Respeto absoluto a la unidad de la arquitectura, inseparable en sus partes, sus elementos arquitectónicos, hasta su mobiliario —sea un zócalo, un paño de azulejo una reja, una decoración superpuesta de época posterior, un retablo o un coro—, a fin de evitar las transformaciones y falsificaciones históricas.
10.10. Defensa de la iluminación natural.
Respeto escrupuloso en el uso de la iluminación artificial de los monumentos y edificios catalogados, dado que tanto los deslumbramientos exteriores, como la excesiva luz interior, aplana los volúmenes y en los espacios internos destruye la “cultura de la penumbra” que la sabia iluminación natural variable a lo largo del día crea, con lo que se pierden las visiones históricas espaciales propias de la época de pertenencia del edificio histórico, tan ricas en matices, valores plásticos y sentidos propios. El simple ejercicio de apagar las luces durante el día de los interiores de los templos y otros edificios irracionalmente iluminados, permite recuperar la identidad espacial de la época en que fue construido.
10.11. Silencios cómplices.
Se hace necesario denunciar el silencio cómplice de los técnicos y expertos hasta hoy involucrados en las tareas de la conservación y gestión del Patrimonio Cultural. La positiva incorporación de arqueólogos e historiadores en las Administraciones municipales para la conservación y gestión del Patrimonio Cultural, no ha resuelto la dificultad que presenta a menudo la arqueología urbana. El arqueólogo tiene el difícil cometido de valorar y defender frente a sus superiores políticos la conservación de los restos arqueológicos que se descubren, lo que entraña muchas dificultades por afectar al elevado valor del suelo urbano. Las labores de fotografía, cartografía y traslado de los restos o su reproducción museográfica en otra parte, no son soluciones suficientes, por lo que debe exigirse un respeto integral de los restos arqueológicos, una ampliación de revalorización arqueológica a todos las épocas y una valentía mayor para defender estos valores patrimoniales frente a los políticos.
10.12 Excavaciones cuidadosas y mesuradas.
El carácter científico de las excavaciones arqueológicas se convierte a veces en el único criterio rector de la restauración arquitectónica. La agresividad de ciertas excavaciones arqueológicas integrales somete al edificio histórico intervenido a un raspado desmedido que provoca la pérdida de la identidad arquitectónica del edificio hasta convertirlo en casi una ruina.
10.13 Perversión de las falsificaciones históricas.
El efecto más perverso de las falsificaciones históricas —musicales, bibliográficas, pictóricas, escultóricas o arquitectónicas— efectuadas parcialmente en un proceso de restauración, es la pérdida de valor de la obra porque la confusión introducida llega a poner en duda la autenticidad general del conjunto de la obra.
III. REVINDICACIONES CONCRETAS
La declaración de principios de la presente Carta de Barcelona se complementa con la manifestación de solidaridad surgida entre las diversas asociaciones y grupos participantes, dada la identidad de objetivos perseguidos y herramientas en la lucha de defensa del Patrimonio Cultural común, por lo que se adoptan los siguientes compromisos:
1. No a las sustituciones escultóricas de fachadas.
Denunciar y rechazar como medio de conservación del patrimonio la sustitución de quince estatuas originales de la fachada de Santa María de la Catedral de Burgos por unas copias sintéticas, cuyo resultado es doblemente negativo. Por un lado, la sustitución falsifica y empobrece el conjunto de la catedral y, además, las quince estatuas una vez desmontadas de su lugar también pierden su valor por pérdida de su significación y de su sentido estético que tenían íntimamente ligado al lugar que ocupaban en la fachada. Su museización carece de sentido, dado el carácter esquemático que se obtiene de su visión cercana e individual cuando fueron pensadas y ejecutadas para emplazarse a gran altura dentro del conjunto de la fachada y para ser vistas formando parte indisociable, como un elemento arquitectónico, de la fachada, además de las erosiones sufridas por el desgaste del tiempo que las empobrece aún más.
2. Tarragona, Patrimonio de la Humanidad amenazado.
Constatar la simple política de imagen desarrollada por el Ayuntamiento de Tarragona tras ser incluido en la Lista del Patrimonio Mundial el conjunto arqueológico de Tarragona, lo que no se corresponde con el real compromiso de defensa de dicha herencia, ni por parte de la Direcció General del Patrimoni Cultural, ni por el propio Ayuntamiento de la ciudad. Recuérdese el “affaire” de los restos paleocristianos hallados en los terrenos comprados por la empresa Eroski, o el de la destrucción de los restos de la maquinaria hidráulica del siglo XIV de la Plaça de la Font, etc. En sentido contrario, hay que valorar muy positivamente la labor más que centenaria de defensa activa del Patrimonio Cultural romano de la Reial Societat Arqueològica Tarraconense, decana seguramente de todas las asociaciones españolas de protección del Patrimonio Cultural.
3. Destrucción del Parque Arqueológico del “Convent de Sta. Caterina” de Barcelona.
Denunciar la doble actuación del Museu d’Història de Barcelona con respecto a los restos arqueológicos del Convent de Santa Caterina, que mientras por un lado lleva a cabo unas excavaciones y documentación bien hechas de este auténtico parque arqueológico revalorizado por la centralidad urbanística de la plaza desarrollada a su entorno, por otro lado dejan que lo destruyan totalmente para poder situar un aparcamiento subterráneo sin levantar ninguna voz en defensa del mismo por considerar que dichos restos no tienen suficiente importancia, por no ser ni romanos, ni románicos (excepto un pequeño ábside que sí se conserva). La abundancia de restos arqueológicos de época gótica en Barcelona parece ser la causa de su propio desprecio, a pesar de la gran extensión y categoría de un claustro, una sala capitular y un refectorio góticos y una gran parte de una iglesia también gótica completa y perfectamente reconocibles y de una cripta deciochesca encontrada en perfecto estado de conservación y también destruida.
4. “La Model per la Cultura”.
Apoyar la propuesta realizada por la Plataforma de “La Model per a la Cultura”, compuesta por siete asociaciones ciudadanas, de conservar el conjunto principal del complejo penitenciario de “La Model” de Barcelona y de la construcción en su entorno del “Jardí de la Llibertat”. La salvaguarda del panóptico con su torre central y sus seis galerías de dicha cárcel conseguida por la Plataforma, es una victoria parcial frente al objetivo señalado.
La operación de ingeniería urbanística municipal para recalificar el solar de la cárcel que ocupa dos manzanas del ensanche barcelonés, actualmente calificado como zona de equipamiento y verde público, en zona parcialmente edificable (a fin de permitir la construcción de un hotel, un edificio de oficinas y de viviendas para jóvenes, para que con su venta, financiar una nueva cárcel fuera de Barcelona), es la excusa que la plataforma ciudadana denuncia como escandalosamente especulativa e impropia de toda administración que se precie de no dilapidadora del patrimonio público, a las que contrapone la conservación del conjunto de “La Model” para uso de equipamientos para el barrio y la ciudad.
5. Desfigurar restaurando: el jardín histórico del “Turó Park” de Barcelona.
Denunciar la intervención del Ayuntamiento de Barcelona en el Jardí del Turó Park y apoyar el movimiento vecinal para su preservación. Dicho jardín, obra del arquitecto paisajista Nicolau Mª Rubió i Tudurí, discípulo del J.-C.-N. Forestier, a pesar del abandono planificado de los últimos 15 años, es una “square” o jardín de barrio, muy hermoso y protegido por una barrera arbustiva espesa que protegía su delicada intimidad compuesta por diversos espacios ajardinados de carácter contrapuesto y complementario. La proverbial ignorancia del Servicio de Parques y Jardines Municipal, ha sometido dicho jardín histórico a un proyecto de “restauración” que atenta contra su supervivencia. Se ha pretendido diezmar la pantalla vegetal mediante una transparencia total del parque, complementada con las aperturas de nuevas puertas para facilitar la atracción comercial de las tiendas periféricas y la de público mediante la ampliación de una plaza central con la dotación de un restaurante. Gracias a la oposición de diversas asociaciones y en especial de la Plataforma de Defensa del Turó Park, se ha limitado el alcance de las intervenciones planificadas.
6. Agresión urbanística en el entorno del “Jardí Botànic” de Valencia.
Lamentar la agresión urbanística en el entorno del Jardí Botànic de Valencia. Desde que en 1995 ciudadanos valencianos se pusieran en acción para evitar la construcción de tres torres de 21 plantas al lado mismo del jardín, se han conseguido algunos buenos resultados para la ciudad. Dos de estas torres, tras la negociación con los promotores, han trasladado su edificabilidad, pero con solo 11 plantas y ocupando mayor superficie, volumen que continua siendo agresivo en el entorno del Jardí Botànic. Lo grave es que esta actuación se situa en la cornisa histórica de la ciudad, sobre el cauce del antiguo Turia, y en un conjunto declarado Bien de Interés Cultural compuesto por el Col·legi dels Jesuïtes, la iglesia de Sant Miquel y el propio Jardí Botànic.
7. Salvemos el “Cabanyal-Canyamelar”.
Denunciar la cerrazón del Ayuntamiento de Valencia por pretender aprobar el Plan Especial de Protección (obsérvese la ironía) y Reforma Interior del conjunto Cabanyal-Canyamelar que con la prolongación de la gran avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar, destruiría el barrio marítimo del Cabanyal-Canyamelar, tan cualificado desde el punto de vista urbanístico y arquitectónico, con su gran cantidad de edificios modernistas. La gran lucha llevada a cabo por la Plataforma “Salvem el Cabanyal”, de más de dos años de duración, con toda una inmensa batalla de movilizaciones y de recursos, denuncias, impugnaciones, etc., con el apoyo de mas de 70.000 firmas recogidas y multitud de informes técnicos de especialistas nacionales y extranjeros en urbanismo, así como unas campañas de apoyo de sensibilización cultural con amplia repercusión internacional, etc.; todo ello parece que insuficiente para despertar la conciencia de unos ediles todavía anclados en un urbanismo del siglo XIX, a base de aberturas de grandes vías y con una visión fallera de una Valencia sólo para turistas.
8. Denunciar las destrucciones.
No silenciar nunca las destrucciones de los bienes culturales significativos. La denuncia de una pérdida inadmisible que ha llevado a cabo con permanente y loable resistencia, la Coordinadora de Defensa del Patrimoni Històric i Artístic de Breda (Girona), sería incomprensible si la arrogancia e ignorancia de los ediles no empezara a ser conducta común en una serie de casos, como el de la destrucción del Colegio de los Escolapios de Solsona (Lleida) o la actual desfiguración de la Plaça Major de Santa Coloma de Queralt (Tarragona) mediante un aparcamiento subterráneo, etc.
El recurso ganado por la mencionada Coordinadora con la denuncia al Ayuntamiento por la inculta reconstrucción del Palacio del Abad, no parece frenar la política de desmanes municipales de esta pequeña población gerundense, como la redacción de un Plan Especial de Reforma Interior totalmente insuficiente para la defensa real del patrimonio arquitectónico del centro histórico.
9. Defensa del Asilo Adelaida Muro de A Coruña.
Prestar el apoyo unánime a las personas y colectivos ciudadanos que se han comprometido en la defensa del Asilo de Ancianos de Adelaida Muro de A Coruña, cuyo valor patrimonial se fundamenta en su importancia social, por la asistencia que ofrece a los ancianos más necesitados, dentro de su entorno vital, en su propio barrio; en su valor como institución cívica, puesta en pie y sostenida por la ciudadanía coruñesa durante más de cien años; y, su valor cultural, por su importancia arquitectónica e histórica dentro de la ciudad, y sobre todo, del barrio de Monte Alto.
Así mismo solicitar a las autoridades y demás responsables de esta operación especulativa que rectifiquen su actitud y eviten la pérdida de este asilo y su sustitución por viviendas de alto “estanding”, que tendría como consecuencia la destrucción irreparable de un espacio público e intensificaría las graves deficiencias urbanísticas que ya padece el barrio.
10. Denuncias varias sevillanas.
Denunciar un caso típico de expoliación, como son las obras de rehabilitación llevadas a cabo en la iglesia de San Vicente, en Sevilla, edificio singular ubicado dentro del conjunto histórico de esta ciudad. Así, una serie de intervenciones autorizadas por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico han tergiversado gravemente la unidad histórica consolidada del referido inmueble, que supone, entre otras cosas, la destrucción de la decoración neogótica del sector de los pies, realizada a finales del siglo XIX. Ello implica también el desmantelamiento del coro dieciochesco de Juan de Vilches y su traslado al presbiterio, lo que imposibilita la visión general del retablo mayor, además de la eliminación de los canceles, rejas, púlpitos caja de órgano, azulejos y otras piezas igualmente consustanciales al edificio. Este hecho, no sólo atenta contra las directrices del Consejo del Patrimonio Histórico, votadas por la propia Junta de Andalucía (8 de mayo de 1998), sino que se suma a otros despropósitos similares, como la eliminación de los coros de las iglesias de San Gil de Écija, y de Santiago y San Román en Sevilla.
Lamentar, además, las gravísimas alteraciones llevadas a cabo en el monasterio cisterciense de San Isidoro del Campo, primer monumento andaluz en ser declarado como tal, en el que so pretexto de construir una biblioteca para el estudio del edificio y sus obras de arte, se ha destruido parte de éste, sin que hasta ahora se haya depositado un solo volumen. A esto hay que añadir los desmanes perpetrados en el templo de San Bartolomé por las arbitrariedades de un proyecto de rehabilitación, sin un inventario serio, que no ha valorado muchos de los elementos que ahora faltan: puertas, mesa de altar, rejas, escalinata de mármol original del presbiterio, pavimento original, confesionarios, etc., y en la iglesia mudéjar de San Andrés (Bien de Interés Cultural —BIC—), que tras la restauración, se echa en falta numerosos azulejos y varios retablos, entre otros bienes.
Exigir con urgencia la adecuación de las ordenanzas urbanísticas vigentes de Sevilla a la Ley de Patrimonio Histórico Español, para que cese la especulación que está aniquilando sistemáticamente el resto del caserío catalogado de la ciudad, como una clara vulneración de esa Ley; lo cual ha dado lugar a hechos tan tristes como la demolición del palacio catalogado de los Medina, de estilo barroco, y de la desnaturalización tipológica y urbana del barrio de San Luis y del arrabal de San Bernardo. Exigir también que el convento de Santa Clara (BIC), futuro museo de la ciudad, uno de los más antiguos y significativos de Sevilla, sea respetado en su integridad, incluso en sus elementos más populares, todos ellos de valor etnográfico, recordando que su continente y contenido son tan museable o más que el programa museográfico que se proponga.
Barcelona, 26 de mayo de 2001